Javier Milei y Federico Sturzenegger lanzaron un inédito desafío a los gremios y avanzaron fuerte para limitar el derecho a huelga de prácticamente todas las actividades.
A través de un DNU que en apariencia tiene como objetivo principal la desregulación de la marina mercante, el gobierno escondió una reforma laboral más agresiva aún que la que contenía el DNU 70 y que fue frenada por el fuero laboral.
El artículo número 3 del DNU 340 modifica el artículo 24 de la Ley N° 25.877, que refiere a los conflictos colectivos, y amplía las actividades consideradas esenciales, es decir las que deben garantizar una prestación mínima en caso de huelga.
“Los conflictos colectivos que pudieren afectar la normal prestación de servicios esenciales o actividades de importancia trascendental quedan sujetos a las siguientes garantías de prestación de servicios mínimos”, establece la nueva norma.
“En lo que respecta a la prestación de servicios mínimos, en el caso de los servicios esenciales, en ningún caso se podrá negociar o imponer a las partes una cobertura menor al 75% de la prestación normal del servicio de que se tratare. En el caso de las actividades o servicios de importancia trascendental, en ningún caso se podrá negociar o imponer a las partes una cobertura menor al 50%”, continúa.
Luego, detalla los servicios considerados esenciales, ampliando la lista que regía hasta hoy. Los incluidos son “los servicios sanitarios y hospitalarios, así como el transporte y distribución de medicamentos e insumos hospitalarios y los servicios farmacéuticos”; “la producción, transporte y distribución y comercialización de agua potable, gas y otros combustibles y energía eléctrica”; “los servicios de telecomunicaciones, incluyendo internet y comunicaciones satelitales”; “la aeronáutica comercial y el control de tráfico aéreo y portuario; incluyendo balizamiento, dragado, amarre, estiba, desestiba, remolque de buques y todos los servicios portuarios”; “los servicios aduaneros y migratorios, y demás vinculados al comercio exterior”; “el cuidado de menores y educación de niveles guardería, preescolar, primario y secundario, así como la educación especial”; y “el transporte marítimo y fluvial de personas y/o mercaderías y/o carga, servicios conexos y operaciones costa afuera, a través de los distintos medios que se utilicen para tal fin”.
Noticia en desarrollo
El gobierno amplió la cantidad de actividades consideradas esenciales o de “importancia trascendental” y la mayoría de los gremios deberán garantizar al menos el 50% de la prestación.